Hoy se ha publicado el Decreto 47/2025, de 1 de julio, que regula la concesión directa de ayudas destinadas al servicio de comedor escolar y uso de libros de texto y material curricular para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.
Las ayudas para el uso de libros de texto y materiales curriculares irán destinadas al alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria matriculado en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha, que no participa en el Banco de libros por no reunir los requisitos establecidos, y se encuentra en alguna de estas situaciones:
-Alumnado que utiliza material fungible no reutilizable de 1º y 2º EP, o digital en un proceso de desescalada de dicho formato hacia el libro de texto.
-Alumnado de centros concertados no adheridos a Banco de Libros.
-Alumnado que accede por primera vez a Banco de Libros, ya sea porque proviene de un centro en el que no existe dicha modalidad, o de un curso con material fungible no reutilizable (paso de 2º a 3º de EP).
En el caso de las ayudas de comedor escolar, irán destinadas al alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha. Habrá dos tramos de ayuda, en función de la renta familiar establecida en los puntos 9 y 11 la Disposición Adicional Primera del Decreto 47/2025.
Como novedad se establece una dotación para la adquisición de material curricular destinado al alumnado con necesidades educativas especiales, de 25 euros por cada alumno escolarizado en un centro ordinario y una dotación de 50 euros por cada alumno escolarizado en un centro de educación especial. Esta dotación se establece de forma directa para todo el alumnado.
Por otro lado, se establece la concesión directa gratuita de comedor escolar para el alumnado de centros de educación especial públicos, así como para el alumnado de enseñanzas básicas de educación infantil y primaria, con derecho a transporte escolar contratado por esta Administración, con horario lectivo de mañana y tarde o cuando por razones de organización del transporte deba esperar más de 30 minutos para iniciar la ruta de retorno a su domicilio.
El Decreto 47/2025 atiende de forma específica al alumnado en situación de orfandad por el fallecimiento de su madre por causa de violencia de género y al alumnado en situación de acogimiento legal, eximiéndoles de cumplir el requisito de renta familiar, y por tanto, reconociendo la ayuda de comedor escolar y uso de libros de texto.
Presentación de solicitudes: del 3 al 16 de julio de 2025, ambos incluidos.
El único medio de presentación de las solicitudes por parte de las familias es de forma telemática mediante a través de la Secretaría Virtual de EducamosCLM.
Seguimiento de la Solicitud:
FAMILIAS: La información del proceso se realizará de forma individualizada en la en la Secretaría Virtual de EducamosCLM, seleccionando la opción: CÓMO VAN MIS TRÁMITES>Becas y Ayudas
O desde el menú lateral “Mis Trámites”>”Mis solicitudes”> “Mis solicitudes”, donde aparecerá la solicitud que se realizó en su momento y al hacer clic sobre ella aparecerá la opción ”Datos de la solicitud”, que mostrará la información del seguimiento.
Desde el colegio podremos ayudarles presencialmente para tramitar estas ayudas o para responder a sus consultas hasta el lunes 7 de julio, en horario de 9:00 a 12:00 horas.