miércoles, 16 de septiembre de 2015

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE ADQUISICIÓN DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR

La Diputación de Ciudad Real ha publicado hoy día 16 de septiembre una convocatoria de ayudas de adquisición de libros y material escolar, cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de octubre de 2015.


Aportamos un resumen pinchando en "más información"




- REQUISITOS DE LOS/AS BENEFICIARIOS/AS.

-       Residir en cualquiera de los municipios de la provincia de Ciudad Real.
-       Ser mayor de edad.
-       Carencia de medios económicos según baremo establecido en el apartado correspondiente de esta convocatoria.
-       No haber obtenido libros de reutilización de las convocatorias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
-       En caso de haber recibido ayuda de alguna Administración pública o entidad privada, la propuesta no podrá superar el importe total del gasto.
-       Haber hecho buen uso de la ayuda en el curso anterior, lo que conlleva la regularidad en la asistencia a las clases, el cuidado del material escolar o los libros, la correcta justificación en la facturación. De no ser así podría penalizarse al beneficiario o solicitante de la ayuda con la supresión de la misma o la restricción en la concesión de ayudas de emergencia social.
-       En caso de haber sido beneficiario de ayudas para libros en años anteriores por parte de la Diputación Provincial, presentar el justificante de entrega en el Centro Escolar correspondiente para incorporarlos a un fondo solidario (bancos de libros) que permita su reutilización en los siguientes cursos escolares.
-       No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartado 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de la demostrada carencia de bienes económicos.
  

LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS SERVICIOS SOCIALES ES:

            Las personas interesadas en solicitar las ayudas que son objeto de esta convocatoria deberán aportar a los Servicios Sociales de sus respectivas localidades la siguiente documentación:

  1. Fotocopia DNI en vigor o NIE en vigor.
  2. Fotocopia Libro de Familia.
  3. Justificante de Asistencia Regular al Centro Escolar, en caso de que proceda por antecedentes de faltas de asistencia o de absentismo escolar.
  4. Documento acreditativo recabado por los Servicios Sociales correspondientes sobre la no disponibilidad de material de reutilización en cada centro escolar.
  5. Certificado de empadronamiento y convivencia.
  6. Justificante de ingresos referido a padres/madres o tutores/as con los que conviva el/la menor para el/la que se solicite la ayuda.

- Si son trabajadores/as por cuenta propia, copia de la Declaración trimestral (Modelo 130) y copia de los justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y liquidaciones de los pagos fraccionados de los últimos tres meses.(Se tendrán en cuenta como ingresos mínimos mensuales los de la base de cotización de la Seguridad Social).

- Si son trabajadores/as por cuenta ajena, copia de las tres últimas nóminas.

- En caso de desempleados/as: (1) Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y (2) Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando en su caso las cuantías de estos.

- En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, ect.) certificado expedido por la Seguridad Social u Organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.

- En el caso de separación o divorcio legal, copia de la Sentencia de Separación y del Convenio Regulador si lo hubiere, asi como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.

- En el caso de separaciones de uniones de hecho con hijos reconocidos, copia de la Sentencia de Guarda, Custodia y Alimentos, asi como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución dela sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones

            7.- En caso de existir gastos de alquiler o hipoteca de vivienda, aportar recibos de pago de los 3 últimos meses.

            8.- Se podrán solicitar al interesado otro u otros documentos distintos a los enumerados anteriormente, cuando por medio de estos no quede debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda.

  

- CRITERIOS DE VALORACIÓN.

1.- Ingresos económicos (Para ambas modalidades de ayudas):

-          A efectos de cómputo económico se tendrán en cuenta los ingresos del padre, madre o tutor, y/o pareja de hecho si la hubiera, e hijos de ambos, así como otros familiares que convivan en el domicilio.

-          Para ello se establece el siguiente baremo:
(Tomando como referencia el IPREM)

Nº MIEMBROS

INGRESOS MENSUALES
2
621,26 €
3
714,45 €
4
776,57 €
5
838,69 €
6
869,75 €
7
900,81 €
8 o mas
931,87 €



El techo económico podrá ser ampliado, hasta un máximo de 300 euros, cuando existan gastos derivados de alquiler o amortización de vivienda, siempre que esta sea la vivienda familiar habitual.

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