Hoy 24 de junio comienza el “plazo extraordinario” de solicitudes de admisión de cara al curso 2020/21
Se trata de una fase que permite resolver situaciones extraordinarias. Contempla situaciones de cuatro tipos:
- Traslado de localidad (la opción más habitual): se puede justificar con un volante de empadronamiento del alumno en la localidad donde están los centros solicitados (o de localidades de su área de influencia) o una certificación laboral de alguno de los padres o tutores legales que justifique su trabajo en esa localidad.
- Cambio de centro en la misma localidad que responda a circunstancias excepcionales, tales como violencia de género o acoso escolar.
- El alumnado que no haya participado en el proceso de admisión y deba escolarizarse.
- El alumnado que participó en el proceso de admisión, se le adjudicó cambio de centro y repite curso.
Aquellas familias que estén en alguno de estos casos deben aportar copia del libro de familia y la solicitud de matrícula en plazo extraordinario junto con la documentación que justifique el caso extraordianario (por ejemplo, el certificado de empadronamiento para los casos de traslado de domicilio).


































































